Jurídicamente el cheque es un titulo valor a la orden o al portador y abstracto en virtud del cual una persona, llamada librador, ordena incondicionalmente a una institución de crédito, que es librado, el pago a la vista de una suma de dinero determinada a favor de una tercera persona llamada beneficiario.
Cheque cruzado: Si un cheque está cruzado diagonalmente en el anverso por dos líneas paralelas, el dinero no se podrá retirar en efectivo, sino que tendrá que ser ingresado en una cuenta bancaria. Esto se hace a veces para seguir la pista al dinero pagado.
Cheque para abono en cuenta: Insertando la cláusula “para abono en cuenta” produce la consecuencia de que no puede ser cobrado en efectivo, sino que deberá ser abonado en la cuenta del tenedor.
Cheque certificado: El librador exige al librado que lo certifique haciendo constar que tiene en su poder fondos suficientes para cubrir el cheque. Se realiza con palabras como “acepto” “visto” o “bueno” escritas por el librado.
Cheque de caja: Es un cheque expedido por una institución de crédito a sus propias dependencias.
Cheques de viajero: Son los expedidos por instituciones de crédito a su propio cargo y son pagaderos por otro de sus establecimientos dentro del país o en el extranjero. Se suelen llamar "traveller's check", conforme su forma en inglés.
Requisitos:
Mención de ser cheque insertada en el texto del documento.
Lugar y fecha en que se expide.
La orden incondicional de pagar una suma determinada de dinero.
El nombre del librado. (una institución de crédito).
El lugar de pago.
La firma del librador.
Sanciones:
Cuando el cheque que se gira sin fondos es superior a los 10 salarios mínimos mensuales vigentes, el código penal establece que su girador podrá enfrentar varios años de cárcel como castigo.
De acuerdo con lo anterior, se entiende entonces que si el cheque que se gira sin fondos es superior a los 10 salarios mínimos (hoy día serían: $461.500 x 10 = $4.615.000), la sanción penal que se enfrentaría por parte del girador sería entre 16 y 54 meses de cárcel.
En los casos de la emisión o transferencia de cheques sin tener suficiente provisión de fondos, o quien luego de emitirlo dé orden injustificada de no pago, pero el monto del cheque es menos a 10 smmlv, la condena penal será la multa, la cual genera Antecedentes Penales por delincuente.
La condena penal de multa no debe confundirse con la sanción establecida en el Código de Comercio, son muy distintas, pues la multa penal se pagará al Estado mientras que la sanción establecida en el Código de Comercio se le pagará al acreedor o beneficiario del cheque sin fondos.
La oportunidad que tiene el poseedor del cheque para iniciar esa acción penal serían solo dentro de los 6 meses siguientes a la fecha en que se creó el cheque.
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